Servicios legales en derecho de familia de Lehmann Abogados: divorcio, pensión de alimentos, cuidado personal y mediación familiar en Santiago

Divorcio, Alimentos y Tuición en Chile

Nuestras áreas de especialización

Representamos a familias ante los Tribunales de Familia de Chile en divorcio de mutuo acuerdo y unilateral, pensión de alimentos, cuidado personal y relación directa y regular, violencia intrafamiliar, bienes familiares y herencias. Estrategia jurídica clara, conforme a la legislación chilena vigente, con discreción absoluta.

Relación Directa y Regular & Cuidado de NNA

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Tuición y Protección de Vínculos

Relación Directa y Regular & Cuidado de NNA

Nos especializamos en la protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes (NNA). Abordamos causas de Cuidado Personal (Tuición), asegurando el bienestar del menor; Relación Directa y Regular (Visitas), para mantener el vínculo con ambos padres; y Patria Potestad. También gestionamos autorizaciones para salida del país y medidas de protección ante vulneraciones graves.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es el Cuidado Personal?

En Chile, el cuidado personal (comúnmente llamado tuición) es el conjunto de deberes y derechos sobre la crianza, educación y cuidado cotidiano de niños, niñas y adolescentes (arts. 224 y siguientes del Código Civil). Rige el principio de corresponsabilidad parental: aunque los padres vivan separados, ambos participan en las decisiones relevantes. Si no hay acuerdo, el Tribunal de Familia lo resuelve atendiendo al interés superior del niño.

¿Cómo se regula la Relación Directa y Regular?

La relación directa y regular (antes llamada visitas) es el derecho y deber del padre o madre que no tiene el cuidado personal de mantener un vínculo periódico y estable con sus hijos (art. 229 del Código Civil). En Chile puede fijarse por acuerdo entre los padres, en mediación familiar o por sentencia del Tribunal de Familia, que define días, horarios, vacaciones y comunicación, siempre según el interés superior del niño.

¿Qué necesito para sacar a mi hijo del país?

Si un niño, niña o adolescente sale de Chile con uno solo de sus padres, necesita la autorización del otro, otorgada por escritura pública o ante notario (art. 49 de la Ley 16.618 de Menores). Si la autorización se niega sin motivo o no es posible obtenerla, el Tribunal de Familia puede autorizar el viaje, evaluando el motivo, la duración y el resguardo de la relación directa y regular.

Pensiones y cumplimiento

Derecho de Alimentos

Representamos a nuestros clientes en demandas de fijación, aumento, rebaja o cese de pensión alimenticia. Nuestro enfoque incluye la gestión eficiente del cumplimiento, liquidaciones de deuda y la solicitud de apremios legales (arrestos, arraigos, retención de licencia) para asegurar el sustento económico de los hijos.

Preguntas Frecuentes

¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?

En Chile no existe una tabla fija: el Tribunal de Familia fija la pensión según las necesidades del hijo y la capacidad económica de ambos padres (Ley 14.908 y arts. 329 y 330 del Código Civil). Como referencia legal, el mínimo por hijo es el 40% del ingreso mínimo remuneracional (30% por cada uno si hay más de un hijo), salvo que el alimentante acredite fundadamente que carece de medios para pagarlo, caso en que el juez puede rebajarlo; el total no puede superar el 50% de las rentas del alimentante. El monto puede aumentarse, rebajarse o cesar si cambian las circunstancias.

¿Qué pasa si no pagan la pensión?

Ante el incumplimiento, la Ley 14.908 permite liquidar la deuda y solicitar apremios: retención de remuneraciones y de la devolución de impuestos, arresto nocturno de hasta 15 días, renovable, y arresto completo si el alimentante persiste en el incumplimiento, arraigo nacional, suspensión de la licencia de conducir y retención de fondos en cuentas bancarias (Ley 21.484). Además, con 3 mensualidades consecutivas o 5 discontinuas impagas, el deudor queda inscrito en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (Ley 21.389), con restricciones para créditos, licencia de conducir y pasaporte, entre otras.

¿Hasta qué edad se pagan alimentos?

En Chile los alimentos se deben hasta los 21 años y, si el hijo o hija estudia una profesión u oficio, hasta los 28 años (art. 332 del Código Civil). Se mantienen sin límite de edad cuando existe una incapacidad física o mental que impida subsistir por sí mismo, o cuando el tribunal los considere indispensables por circunstancias calificadas. Para dejar de pagar una pensión fijada judicialmente conviene solicitar el cese ante el Tribunal de Familia.

Filiación y ruptura

Estado Civil y Matrimonio

Brindamos asesoría experta en acciones de filiación (reclamación o impugnación de paternidad/maternidad) y en procesos de ruptura matrimonial: Separación Judicial, Nulidad y Divorcio (Unilateral o de Mutuo Acuerdo), regulando todas las materias anexas como alimentos y compensación económica.

Preguntas Frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre divorcio y nulidad?

En Chile ambos se rigen por la Ley 19.947 de Matrimonio Civil. El divorcio pone fin a un matrimonio válido, ya sea de común acuerdo, unilateral por cese de convivencia o por culpa de uno de los cónyuges. La nulidad declara que el matrimonio nunca fue válido por un vicio al celebrarse, como incapacidad, error, fuerza o falta de testigos hábiles. En ambos casos pueden regularse alimentos, cuidado personal, relación directa y regular y compensación económica.

¿Qué es la compensación económica?

Es el derecho, regulado en los artículos 61 y siguientes de la Ley 19.947, del cónyuge que por dedicarse al cuidado de los hijos o a las labores del hogar no pudo trabajar, o lo hizo en menor medida, y sufrió por ello un menoscabo económico. Se solicita en el mismo juicio de divorcio o nulidad y el Tribunal de Familia la fija considerando la duración del matrimonio, la situación patrimonial, la edad, la salud y la situación previsional de cada cónyuge. También puede proceder al término de un acuerdo de unión civil, en los casos que señala la Ley 20.830.

¿Cuánto tiempo debo estar separado para divorciarme?

En Chile la Ley 19.947 exige acreditar el cese de la convivencia: al menos 1 año para el divorcio de común acuerdo y 3 años para el divorcio unilateral. El divorcio por culpa (violencia, infidelidad grave u otras faltas imputables) no exige plazo. La fecha del cese debe probarse con los medios que fija la ley, por lo que conviene dejar constancia formal desde el inicio de la separación.

Protección de patrimonio

Régimen Patrimonial y Bienes

Protegemos su patrimonio familiar. Gestionamos la declaración y desafectación de Bienes Familiares, constitución de usufructos y demandas de Separación Judicial de Bienes durante la vigencia del matrimonio, permitiendo una administración independiente de los recursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué implica declarar un Bien Familiar?

En Chile, el inmueble de propiedad de uno de los cónyuges que sirve de residencia principal de la familia, y los muebles que lo guarnecen, pueden ser declarados bienes familiares por el Tribunal de Familia (arts. 141 a 149 del Código Civil). Desde entonces no pueden venderse, hipotecarse ni arrendarse sin autorización del otro cónyuge, y, frente a los acreedores, los cónyuges pueden oponer el beneficio de excusión para exigir que primero se persigan otros bienes del deudor, lo que no convierte al inmueble en inembargable. Aplica cualquiera sea el régimen patrimonial y también a los convivientes civiles.

¿Puedo cambiar de régimen patrimonial?

Sí. Durante el matrimonio los cónyuges pueden sustituir la sociedad conyugal por separación total de bienes o por participación en los gananciales mediante escritura pública, que debe subinscribirse en el Registro Civil dentro de 30 días (art. 1723 del Código Civil). El pacto es irrevocable y no permite volver a la sociedad conyugal. La ley contempla además la separación judicial de bienes por causales como la insolvencia o la administración fraudulenta del marido (art. 155 del Código Civil).

¿Qué pasa con las deudas en sociedad conyugal?

Depende de quién contrajo la deuda y con qué fin. Por regla general, las deudas contraídas durante la sociedad conyugal por el marido, o por la mujer con su autorización, integran el pasivo social y se pagan con los bienes sociales (art. 1740 del Código Civil). La mujer que trabaja separadamente conserva un patrimonio reservado (art. 150) que, por regla general, no responde de las deudas del marido, salvo que el acreedor pruebe que la deuda cedió en beneficio de la mujer o de la familia común (art. 161 del Código Civil). Al liquidar la sociedad, las deudas se consideran antes de repartir los gananciales.

Seguridad y resguardo ante VIF

Protección y Violencia Intrafamiliar

Actuamos con urgencia en casos de vulneración de derechos y Violencia Intrafamiliar (VIF). Solicitamos medidas cautelares inmediatas para proteger la integridad física y psicológica de las víctimas, ya sean adultos o niños, niñas y adolescentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué se considera Violencia Intrafamiliar?

Según la Ley 20.066, con las modificaciones de la Ley 21.675, es violencia intrafamiliar todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge, conviviente o pareja del ofensor, de sus parientes por consanguinidad o afinidad, de los padres de un hijo en común, o de un menor de edad, adulto mayor o persona con discapacidad bajo su cuidado. Comprende la violencia física y la psicológica, y la ley reconoce además otras formas de violencia cuando la víctima es una mujer. Se conoce en los Tribunales de Familia y, si constituye maltrato habitual u otro delito, ante la justicia penal.

¿Qué medidas puede tomar el tribunal?

El Tribunal de Familia puede decretar medidas cautelares de inmediato, incluso antes de la audiencia (art. 92 de la Ley 19.968): prohibición de acercarse a la víctima, a su domicilio, trabajo o establecimiento educacional; salida del ofensor del hogar común; prohibición de porte y tenencia de armas; entrega de efectos personales; alimentos provisorios y un régimen provisorio de cuidado personal y relación directa y regular de los hijos. Su incumplimiento puede sancionarse con arresto.

¿Dónde se denuncia?

En Chile la denuncia puede hacerse en Carabineros, la PDI, el Ministerio Público (Fiscalía) o directamente en el Tribunal de Familia, y puede presentarla la víctima o cualquier persona que conozca los hechos. Si hay lesiones, amenazas o maltrato habitual, el caso es delito y lo investiga la Fiscalía; en los demás casos conoce el Tribunal de Familia, que puede dictar medidas de protección el mismo día. Un abogado de familia le ayuda a solicitar las cautelares y a acompañar todo el proceso.

Legado y transmisión de bienes

Herencias y Sucesiones

Asesoramos en la planificación hereditaria y tramitación de posesiones efectivas y asignaciones testamentarias. Gestionamos particiones de bienes y redacción de testamentos, asegurando que la transmisión del patrimonio se realice de manera ordenada y conforme a la voluntad del causante, minimizando conflictos familiares.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es la Posesión Efectiva?

Es el trámite que reconoce a los herederos como tales y les permite disponer legalmente de los bienes de la persona fallecida. En Chile, si no hay testamento, se solicita en el Registro Civil (Ley 19.903) y es gratuita para herencias de menor valor; si existe testamento, se tramita ante un tribunal civil. Luego corresponde inscribir los inmuebles en el Conservador de Bienes Raíces y pagar el impuesto a la herencia cuando proceda (Ley 16.271).

¿Es necesario hacer testamento?

No es obligatorio: sin testamento, la ley chilena reparte la herencia entre los herederos abintestato (hijos, cónyuge o conviviente civil, ascendientes y otros parientes). Sí es recomendable cuando se desea mejorar a un heredero o dejar bienes a terceros, porque el testador puede disponer libremente de la cuarta de libre disposición y asignar la cuarta de mejoras (art. 1184 del Código Civil), respetando siempre las legítimas. Por regla general el testamento se otorga ante notario y testigos, en forma abierta o cerrada; la ley admite además otras formas excepcionales.

¿Qué pasa si hay deudas en la herencia?

Las deudas del causante se pagan con los bienes de la herencia antes de repartirla. En Chile, si un heredero acepta la herencia pura y simplemente, responde de las deudas incluso con su propio patrimonio; por eso conviene aceptarla con beneficio de inventario (arts. 1247 y siguientes del Código Civil), que limita la responsabilidad al valor de lo heredado. También es posible repudiar la herencia si las deudas superan los bienes.

Opinión Experta

Los temas que más importan en
el Derecho de Familia

En Derecho de Familia, las grandes decisiones rara vez llegan de golpe: suelen madurar en silencio, entre conversaciones difíciles y certezas que se mueven. Matrimonio, unión civil y divorcio no son simples categorías jurídicas; son etapas que reordenan afectos, responsabilidades y también la arquitectura patrimonial sobre la que una familia proyecta su futuro.

Cuando hay hijos de por medio, la discusión adquiere otra profundidad. El cuidado personal, la patria potestad y la relación directa y regular no pueden tratarse como una disputa entre adultos, sino como un marco de protección para niños, niñas y adolescentes, donde el interés superior del niño debe pasar del discurso a decisiones concretas y sostenibles en el tiempo.

Y en ese mismo mapa, la pensión de alimentos aparece una y otra vez como una materia central. Bien regulada, no es solo una obligación legal: es una garantía de continuidad para la vida cotidiana de los hijos. Por eso, su determinación exige equilibrio, seriedad y una mirada realista sobre las necesidades del niño y la capacidad económica de sus padres.

Dominic Lehmann Guzmán, abogada experta en derecho de familia y fundadora de Lehmann Abogados en Santiago

"La justicia familiar requiere empatía y rigor."

Dominic Lehmann Guzmán

Abogada experta en familia y fundadora de Lehmann Abogados

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Lehmann Abogados — estudio jurídico de derecho de familia en Santiago